IR A LA PÁGINA PRINCIPAL
LA SEGURIDAD VIAL.
IR A LOS TESTS.
Manual Guía Didáctica Teórica.
Técnicas de Estudios.
Criterios de las Pruebas Teóricas.
Ir a la Guía para las Clases Prácticas.
Criterios de las Pruebas Prácticas.
El Rincón de los Futuros Profesores de Formación Vial.
Conducción en Condiciones Especiales.
Conducción en Condiciones Ambientales Adversas.
Tramitación Administrativa
Página Vídeos de Tráfico.
Test tipo multirespuesta.
Página consultar examen DGT.
Página consultar saldo puntos DGT.
Página Consultar Estado de las Carreteras.
Página cita previa en Jefaturas DGT.
¿Dónde están los radares de la DGT?
¿Cómo ahorrar Combustible?
Ocio y Vacaciones.
Alcohol y Conducción.
Educación Vial.
Recomienda Autoescuelas.
Los Coches más Vendidos.
Los Coches más Seguros.
El Seguro de los Vehículos.
Seguridad Peatones.
Enlaces de Interés.
CONTACTAR CON TestVial.com
Consejos y Avisos Legales

 

PRUEBA DE CONTROL DE APTITUDES Y COMPORTAMIENTOS EN CIRCULACIÓN EN VÍAS ABIERTAS AL TRÁFICO GENERAL.

PARA OBTENER PERMISO DE CONDUCCIÓN, CUALQUIERA QUE SEA SU CLASE, O LA AUTORIZACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 7.3 DEL REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES (AUTORIZACIÓN BTP)

En la prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general serán objeto de apreciación y evaluación, para todos los aspirantes, las operaciones que se relacionan a continuación, que deberán ser efectuadas obligatoriamente, en situaciones normales de circulación, con toda seguridad y con las precauciones necesarias.

Durante el desarrollo de la prueba, el examinador deberá recibir del aspirante una impresión de seguridad de sus conocimientos, aptitudes, habilidades y comportamientos en el manejo, dominio adecuado y utilización responsable y segura del vehículo y sus mandos, en el cumplimiento de las normas y señales reguladoras de la circulación, en el comportamiento y reacciones ante los diversos factores o circunstancias que intervienen en el tráfico, en las actitudes y comportamientos con respecto a los demás usuarios y en su capacidad para adaptarse a las distintas y cambiantes incidencias de la circulación, con especial atención a la seguridad.

1.1. Comprobaciones previas.
Mediante control aleatorio, el examinador comprobará si el aspirante sabe verificar, entre otros, los diversos sistemas de seguridad de que disponga, el estado de los neumáticos, el funcionamiento de las luces, los indicadores de dirección, el estado y limpieza de los catadióptricos y de las placas de matrícula, y la documentación del vehículo.

1.2. Posición del conductor, regulación del asiento y los retrovisores y utilización del cinturón de seguridad.
Se valorará si el aspirante efectúa las comprobaciones necesarias y si, en su caso, realiza correctamente los reglajes oportunos del asiento y los retrovisores, para que pueda manejar cómodamente y con seguridad los mandos del vehículo, observando el tráfico a través de los espejos retrovisores interior y exteriores. Asimismo, se comprobará si ha controlado el cierre de las puertas, si la posición corporal adoptada es adecuada y si se pone correctamente el cinturón de seguridad o el casco, según proceda.

1.3. Puesta en marcha del motor y arrancada sin sacudidas. En este campo será objeto de valoración el correcto encendido o puesta en marcha del motor del vehículo y quitando el freno de estacionamiento para iniciar la marcha con suavidad.

1.4. Incorporación a la circulación, observación del tráfico, señalización y ejecución de la maniobra.
Dentro de este epígrafe se valorará si el aspirante observa o no correctamente el tráfico, tanto de forma directa como utilizando los espejos retrovisores, así como si realiza la señalización de la maniobra de forma adecuada, clara y con antelación suficiente y si el arranque es sin sacudidas o a saltos y sin calar el motor. Asimismo se valorará si la maniobra se ejecuta suave y progresivamente, sin obstaculizar la circulación ni crear situaciones de riesgo o peligro para los demás usuarios, hasta colocarse en ruta, así como la aceleración y los cambios sucesivos de marcha hasta alcanzar la velocidad conveniente para integrarse con normalidad en la circulación.

1.5. Progresión normal.
Durante la progresión normal serán objeto de comprobación y valoración las aptitudes, habilidades y comportamientos del aspirante para dar respuesta a las distintas y cambiantes situaciones que presente la circulación, la vía, las condiciones existentes y la señalización y, en concreto, a las siguientes:

1.5.1. Posición en la calzada y utilización del carril adecuado.
Será objeto de valoración la forma en que el aspirante sabe integrarse en el tráfico existente y circular por el carril adecuado, sin entorpecer la marcha de otros usuarios y sin invadir las aceras, ni circular por los arcenes.

1.5.2. Distancias de seguridad o separación con otros vehículos.
Dentro de este campo de observación se valorará si el aspirante sabe guardar, en función de la velocidad a que se circule y las condiciones de la vía, o metereológicas o ambientales existentes, con el vehículo que le precede la distancia de seguridad adecuada, y si conserva una distancia o separación lateral suficiente con los vehículos que, en su caso, circulen de forma paralela al suyo. Igualmente serán objeto de valoración las distancias de seguridad a mantener con respecto a los peatones, animales, vehículos inmovilizados y obstáculos.

1.5.3. Velocidad adaptada al tráfico/vía y relación de marchas conveniente.
Se valorará si el aspirante sabe adaptar el ritmo de marcha al del tráfico existente sin obstaculizar la marcha de otros conductores, ni molestar a los demás usuarios, si utiliza la relación de marchas conveniente de forma oportuna para adaptar la velocidad a la requerida por las circunstancias del tráfico/vía y si mantiene la trayectoria, incluso al cambiar de velocidad.

1.5.4. Cumplimiento de la señalización vial y de las órdenes de los agentes.
Se valorará el comportamiento del aspirante ante las órdenes o señales que le hagan los agentes de circulación y ante la señalización vial.

1.6. Desplazamientos laterales.
Bajo este epígrafe se recoge la valoración de la forma en que el aspirante ejecuta el desplazamiento o desplazamientos laterales, tales como para cambiar de dirección, cambiar de carril, preseleccionar otra vía, efectuar una parada, cambiar de sentido o iniciar un adelantamiento, rebasar obstáculos o vehículos inmovilizados, observando el tráfico y señalizando la maniobra con claridad y antelación suficiente y durante el tiempo preciso para no inducir a confusión a los demás usuarios.

1.7. Adelantamientos.
Cuando se efectúe un adelantamiento se observará la posición desde la que se inicia esta maniobra, la valoración que el aspirante haga, previa observación de las circunstancias, del lugar, de la señalización y del tráfico, así como la forma de ejecutar reglamentariamente la maniobra con rapidez, espacio, por el lugar adecuado y de finalizarla; igualmente será objeto de atención la forma en que el aspirante permite el adelantamiento a los demás conductores.

1.8. Comportamiento en intersecciones.

1.8.1. Aproximación a intersecciones.
Se valorará la forma en que el aspirante se aproxima a una intersección, aplicando, en su caso, las reglas de seguridad, preseleccionando el carril adecuado para alcanzar la posición de entrada correcta, manteniendo esta posición a una velocidad que le permita controlar el vehículo en el momento en que se acceda a la posición de entrada y observando tanto las características de la intersección como su señalización y la densidad del tráfico que transita por ella.

1.8.2. Posición de entrada en las intersecciones.
Se valorará si el aspirante elige la posición de entrada adecuada que le permita obtener el suficiente campo de visión y la información necesaria sin obstruir ni entorpecer a los demás usuarios, con la velocidad que le permita controlar el vehículo, y observando la señalización existente, el tráfico que está utilizando o vaya a utilizar la intersección. Asimismo se observará si mantiene la señalización adecuada en función de la trayectoria que vaya a seguir y que las detenciones que efectúe sean necesarias. En cuanto a las reanudaciones de la marcha, se comprobará que se realizan en el momento oportuno.

1.8.3. Franqueo de intersecciones, con cambio de dirección o sin él.
Sin cambio de dirección. Será objeto de valoración el mantenimiento de la posición correcta al franquear la intersección a la velocidad necesaria para no obstaculizar ni entorpecer el tráfico, observando hacia adelante, hacia atrás y lateral o transversalmente.

En el supuesto de que existan personas utilizando los pasos para peatones, se valorará si se les cede el paso o no y la forma de hacerlo.

Con cambio de dirección a derecha o izquierda. Se observará la posición utilizada para efectuar el giro sin cortar ni abrir excesivamente la trayectoria y utilizando la parte de la calzada que corresponda a su sentido de circulación, al ritmo y velocidad que requiera el tráfico existente y observando la distancia y velocidad de los vehículos que se aproximen y puedan incidir en la propia trayectoria, efectuando las detenciones y reanudaciones de la marcha que correspondan y cediendo el paso a los peatones o animales que se encuentren cruzando la calzada y extinguiendo la señalización una vez que haya cumplido su finalidad.

También será objeto de valoración la adaptación de la velocidad a las características del giro a realizar y el cumplimiento oportuno de las órdenes de los agentes de circulación y de las prescripciones de las señales luminosas, horizontales y verticales.

1.9. Cambios de sentido.
Se valorará el comportamiento del aspirante en la elección del lugar, la observación y valoración del tráfico, la señalización y ejecución de la maniobra.

1.10. Inmovilizaciones.
Dentro de este campo se valorará, al efectuar la parada o el estacionamiento, la observación del entorno, la señalización de la maniobra que se deberá realizar con claridad y anticipación suficientes, la selección del lugar, la progresiva reducción de la velocidad, la colocación y situación final del vehículo en un tiempo determinado, así como la ejecución correcta de la maniobra que no deberá implicar peligro para los demás usuarios ni obstruir la circulación.

Asimismo, serán objeto de valoración la forma, modo y lugar de efectuar las detenciones impuestas por las circunstancias del tráfico o el cumplimiento de la señalización así como, en su caso, las detenciones innecesarias.

1.11. Obediencia de las señales.
Será objeto de valoración la respuesta y el comportamiento del aspirante ante las señales de los agentes de la circulación, la señalización circunstancial y la de balizamiento, los semáforos, la señalización vertical, las marcas viales y las señales horizontales de circulación.

1.12. Utilización de los sistemas de alumbrado y señalización óptica.
Será objeto de valoración la respuesta y el comportamiento del aspirante a la obligatoriedad de utilizar los distintos sistemas de alumbrado que venga impuesta por las circunstancias existentes y las condiciones meteorológicas o ambientales adversas, así como también la correcta utilización de los sistemas de señalización óptica en los casos que proceda.

1.13. Manejo del vehículo y sus mandos.
Durante toda la prueba de circulación se observará y valorará también la soltura del aspirante en el dominio del vehículo y el manejo correcto de todos sus mandos simples o coordinados, con una atención distribuida al cumplimiento de las normas de circulación en las circunstancias del tráfico existentes, para incorporarse a la circulación y mantenerse en ella con total seguridad.


IR A LA PÁGINA DE ENSEÑANZA PRÁCTICA.

IR A LA PÁGINA PRINCIPAL.