DIVISION DE LAS VIAS EN CALZADAS.

  
Este es un ejercicio de rellenar huecos. Vd. debe introducir sus respuestas en los huecos, después tiene que pulsar sobre el botón "Comprobar" para ver cuales son correctas, y obtendrá una puntuación.
ARTICULO 44. Utilización de las calzadas.
En las divididas en dos , en el sentido de su longitud, por , separadores o dispositivos análogos, los vehículos deben utilizar la calzada de la , en relación con el sentido de su marcha.
Cuando la división determine tres calzadas, la central podrá estar destinada a la circulación en los , o a un sentido único, permanente o temporal, según se disponga mediante las correspondientes señales, y las laterales para la circulación en uno solo.
La circulación en sentido contrario al estipulado tendrá la consideración de infracción .