En una vía de dos sentidos al tranvía que circula por el centro, ¿es obligatorio adelantarle por la derecha?
No.
Sí.
No, porque el tranvía tiene preferencia.
Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, ¿está permitido adelantar por la derecha si existe espacio suficiente?
Sí.
No.
Sí, en algunos casos.
¿Está permitido adelantar por la derecha a un vehículo que circula por el carril izquierdo?
No.
Sí, cuando los carriles estén delimitados y la vía está dentro de poblado.
Sí, cuando los carriles no estén delimitados y la vía está dentro de poblado.
El adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones ...
cuando el conductor del vehículo al que se pretende adelantar está indicando claramente su propósito de girar a la derecha.
cuando el conductor del vehículo al que se pretende adelantar está indicando claramente su propósito de estacionar a la derecha.
cuando el conductor del vehículo al que se pretende adelantar está indicando claramente su propósito de girar a la izquierda.
En una autovía, ¿se puede adelantar por la derecha a un vehículo que circula por el carril izquierdo más lentamente?
Sí.
No.
No, pero en autopistas si se puede adelantar.
¿Se puede adelantar por la derecha a un vehículo que se sitúa para girar a la izquierda?
No.
Sí, si existe espacio suficiente.
Sí, en todos los casos.
Si va más rápido el vehículo que se incorpora por un carril de aceleración, que los vehículos que marchan por los carriles normales, ¿se considera adelantamiento?
No.
Sí.
Sí, si se circula por una autopista.
Cuando un autobús, por un carril BUS, circula más rápido que el resto de los vehículos, ¿se considera adelantamiento?
Sí.
No.
Sí, si el autobús circula a más de 50 km/h.
En vías saturadas, ¿Se considera adelantamiento si los vehículos de un carril circulan más rápido?
Sí.
Sí, si el vehículo circula por el arcén.
No.
El conductor que advierta que otro que le sigue tiene el propósito de adelantar a su vehículo, estará obligado a ...
ceñirse al borde derecho de la calzada, para facilitar la maniobra.
ceñirse al borde derecho de la calzada, en todos los casos, para facilitar la maniobra.
aumentar su velocidad, para facilitar la maniobra.
¿Es correcto que un turismo circule por el arcén para facilitar el adelantamiento a un camión?
Sí.
Sí, en las travesías.
No.
¿Qué debe hacer el conductor de un vehículo pesado, de grandes dimensiones u obligados a respetar un límite específico de velocidad, para facilitar ser adelantado?
Nada.
Aminorar la marcha o bien apartarse cuanto antes al arcén, si resulta practicable.
Detenerse en el arcén si es practicable.
El conductor de un camión como norma general, debe apartarse al arcén para facilitar el adelantamiento …
No.
Sí.
Sí, aminorar la marcha o bien apartarse cuanto antes al arcén, si resulta practicable.
En el caso de que el camión no pueda ceñirse por completo al borde derecho de la calzada, ¿cómo indicará su conductor que puede ser adelantado con seguridad?
Solo con el intermitente derecho.
Moviendo el brazo extendido de atrás hacia adelante.
Extendiendo el brazo horizontalmente y moviéndolo repetidas veces de atrás adelante o con el intermitente derecho.
Antes de iniciar un adelantamiento …
se comprueba la potencia del vehículo.
se comprueba la distancia de seguridad.
se comprueba que los vehículos de detrás no han iniciado el adelantamiento.
Si observa que un vehículo inicia un desplazamiento al carril izquierdo, ¿puede iniciar el adelantamiento?
Sí.
No.
Sí, si su vehículo circula a más velocidad.
Si va a adelantar y el vehículo que circula delante ha encendido el intermitente izquierdo para adelantar, ¿quién tiene preferencia?
El que inicie antes el desplazamiento lateral.
El conductor del vehículo que ya ha encendido el intermitente.
El que circule a mayor velocidad.
Adelantar detrás de otro vehículo que está adelantando, está prohibido …
siempre.
en las autopistas y autovías.
cuando no haya visibilidad suficiente.
Si hay un ciclista circulando en sentido contrario, ¿qué debe hacer?
No iniciar ni continuar un adelantamiento.
Iniciar el adelantamiento rápidamente.
Nada.
En una carretera con un carril para cada sentido, un camión está adelantando y no le deja ver, ¿puede adelantar detrás del camión?
Sí.
No, porque no hay visibilidad.
Sí, cuando no hay señal de prohibición de adelantar.
¿Cuándo se apaga el indicador de dirección al desplazarse para adelantar?
Cuando termine el desplazamiento.
Cuando termine el adelantamiento.
Nunca.
El conductor que efectúe un adelantamiento ...
debe llevar su vehículo a una velocidad igual a la del vehículo que pretende adelantar.
debe llevar su vehículo a una velocidad inferior a la del vehículo que pretende adelantar.
debe llevar su vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del vehículo que pretende adelantar.
Si está adelantando y ve que hay peligro debe …
reducir la velocidad, señalizar y volver a su carril.
aumentar la velocidad, señalizar y volver a su carril.
detener su vehículo inmediatamente.
Sí una vez iniciado el adelantamiento hay circunstancias que pueden hacer difícil su finalización sin provocar riesgos, se debe …
continuar con el adelantamiento, aumentando la marcha.
desistir del adelantamiento, reduciendo la marcha y regresando al carril sin obstaculizar.
detener su vehículo inmediatamente.
Después de iniciar el adelantamiento comprueba que se acerca un vehículo de frente, ¿qué debe hacer?
Nada.
Aumentar la marcha y terminar la maniobra con seguridad.
Reducir la marcha y volver a su carril, si no puede terminar la maniobra con seguridad.
¿Está permitido adelantar a varios vehículos a la vez?
No.
Sí, cuando se puede volver a la derecha sin peligro en caso de encontrar vehículos en sentido contrario.
Sí, en todos los casos.
Si va a realizar un nuevo adelantamiento, ¿está permitido seguir circulando por el carril izquierdo?
Sí, cuando no obstaculiza a los vehículos que circulen más rápido por detrás.
Sí, si circula a la máxima velocidad permitida en la vía.
No, tiene que volver obligatoriamente a la derecha.
Si circula por una carretera con dos carriles para su sentido, ¿puede permanecer en el carril izquierdo tras efectuar un adelantamiento?
Sí.
Sí, en cualquier caso.
No, hay que volver al carril derecho, excepto si se va a realizar otro adelantamiento.
Un vehículo le está adelantando y no puede terminar la maniobra con seguridad, ¿qué debe hacer?
Aumentar la velocidad.
Facilitar la finalización de la maniobra de adelantamiento.
Nada.
¿Es correcto disminuir la velocidad si se observa que el adelantamiento que realiza un vehículo es peligroso?
No.
Sí, con el fin de que el vehículo vuelva cuanto antes a la derecha.
Sí, en todos los casos.
Se mantiene una separación lateral adecuada ...
siempre, tanto al adelantar como al cruzarse con otros usuarios.
solo para adelantar.
solo para cruzarse con otros vehículos.
Para evitar atropellos a los ciclistas ...
al adelantarlos se deja en todo momento una separación lateral suficiente.
al adelantarlos se deja en todo momento una separación lateral proporcional a la velocidad y la anchura y características de la calzada.
al adelantarlos se deja en todo momento una separación lateral no será inferior a 1,50 metros.
Al adelantar a un ciclomotor en vía urbana se deja …
distancia lateral de seguridad suficiente, proporcional a la velocidad, anchura y características de la vía.
distancia lateral no inferior a 1,5 metros, cuando el adelantamiento se realice fuera de poblado.
distancia lateral no inferior a 2,5 metros, cuando el adelantamiento se realice fuera de poblado.
Cuando se adelante a vehículos de tracción animal, la separación lateral ...
será de 3 metros.
de seguridad suficiente, proporcional a la velocidad, anchura y características de la vía.
no debe ser inferior a 1,5 metros, cuando el adelantamiento se realice fuera de poblado.
Al adelantar a un peatón, se debe dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros ...
en vías urbanas, solamente.
en vías interurbanas, solamente.
en todas las vías.
¿Qué separación lateral están obligadas a dejar las motocicletas al cruzarse con otros vehículos que circulen en sentido contrario?
Una separación lateral suficiente para que el cruce pueda realizarse con seguridad y sin peligro.
No debe ser inferior a 1,5 metros, cuando el adelantamiento se realice fuera de poblado.
Ninguna.
Es obligatorio finalizar un adelantamiento ...
incorporándose al carril sin obstaculizar.
incorporándose al carril de forma rápida.
incorporándose al carril de forma gradual sin obstaculizar.
Después de adelantar, ¿se debe regresar inmediatamente al carril de la derecha si pretende seguir adelantando?
Sí, en cualquier caso.
No, salvo cuando detrás circule otro vehículo a mayor velocidad.
No, no es obligatorio.
¿Se puede adelantar al vehículo inmovilizado por avería invadiendo parte del carril de sentido contrario y atravesando la línea continua?
No, está prohibido.
Sí, en todos los casos.
Sí, después de asegurarme de que puede realizarse sin peligro.
Aunque esté prohibido adelantar, ¿un turismo puede, invadiendo el sentido contrario, como excepción adelantar a ...
bicicletas.
motocicletas.
todos los vehículos de dos ruedas.
Para adelantar a los ciclistas, ¿cuándo está permitido ocupar el carril de sentido contrario?
Sólo cuando hay línea discontinua.
Cuando no haya peligro y sea necesario para guardar una separación de 1,5 m.
Sólo cuando los ciclistas están detenidos.
Para rebasar un obstáculo, ¿puede desplazarse al carril contiguo?
Sí, siempre que no esté ocupado dicho carril.
Sí, esté o no ocupado el otro carril.
No, en ningún caso.
¿Se prohíbe adelantar en todas las curvas?
Sí.
Sí, en todas las curvas y cambios de rasante.
No, sólo en las de visibilidad reducida.
En curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida está prohibido ...
cambiar de sentido únicamente.
adelantar y cambiar de sentido.
adelantar únicamente.
¿Se puede adelantar en curvas o cambios de rasante de visibilidad reducida en calzadas con doble sentido?
Sí.
No, salvo que los sentidos están claramente delimitados y la maniobra se efectúe sin invadir el sentido contrario.
Sí, en todas las curvas.
¿Está permitido adelantar en un cambio de rasante?
Sí.
Sí, si es de visibilidad reducida.
No, si es de visibilidad reducida.
En un túnel con un carril para cada sentido de circulación, ¿está permitido adelantar?
Sí.
No.
Sí, si el túnel está iluminado.
En un túnel con más de un carril en el sentido de la marcha, ¿está permitido adelantar?
No.
Sí, sin invadir el sentido contrario.
Sí, en todos los casos.
¿Cuándo está prohibido adelantar en los túneles?
Siempre, está prohibido adelantar en los túneles.
Cuando se disponga de más de un carril para el mismo sentido de circulación
Cuando solo existe un carril para cada sentido.
¿Está permitido adelantar en el interior de un túnel?
Sí, si hay más de un carril en el mismo sentido de la marcha.
No.
Sí, si hay un carril para cada sentido de la marcha.
En una intersección con prioridad señalizada, ¿se puede adelantar?
No.
Sí, si las circunstancias del tráfico lo permiten.
Sí, en todas las condiciones.
En una vía de doble sentido, ¿se puede adelantar al pasar por una intersección ?
Sí, en todos los casos.
En las intersecciones queda prohibido adelantar.
No, si la calzada no tiene prioridad en la intersección.
En las glorietas, ¿está prohibido adelantar?
Sí.
No.
Sí, en algunos tipos de glorietas.
Como norma general, ¿está prohibido adelantar en los pasos a nivel o en sus proximidades?
Sí.
No.
En su proximidades, está permitido el adelantamiento.
Está prohibido adelantar en ...
todas las intersecciones.
las intersecciones con vías para ciclistas y para ciclomotores.
las intersecciones con vías para ciclistas.
¿Está permitido adelantar en los pasos para peatones como norma general?
No, aunque se podrá adelantar si se hace a una velocidad tan reducida que permita detenerse a tiempo si surgiera peligro de atropello.
Sí.
Sí, aunque se podrá adelantar si se hace a una velocidad tan reducida que permita detenerse a tiempo si surgiera peligro de atropello.
En los pasos para peatones y en sus proximidades, ¿está permitido adelantar?
Siempre está prohibido adelantar.
Sí, cuando se realice a una velocidad tan reducida que permita detenerse a tiempo si surgiera peligro de atropello.
Sí, cuando se realice a una velocidad muy rápida.
Si conduce un turismo y advierte que otro vehículo que le sigue tiene el propósito de adelantarle, ¿está Ud. obligado a indicarle la posibilidad de hacerlo, extendiendo el brazo y moviéndolo de atrás adelante, con el dorso de la mano hacia atrás, o poniendo en funcionamiento el intermitente derecho?
Sí, en todo caso.
No, en ningún caso.
Solamente si no puedo ceñirme por completo al borde derecho de la calzada y el adelantamiento puede hacerse con seguridad.
¿Le está permitido invadir un carril reservado para autobuses para adelantar?
No, porque está prohibido.
Sólo si la línea longitudinal del lado exterior del carril reservado para autobuses es discontinua.
No, porque el adelantamiento por la derecha está prohibido.
¿Le está permitido iniciar la maniobra de adelantamiento si observa que el conductor del vehículo al que pretende adelantar señaliza su propósito de desplazarse hacia ese mismo lado?
Sí, en todo caso, porque tengo preferencia.
Sí, cuando después de un tiempo prudencial su conductor no inicie la maniobra y después de advertirle con las señales ópticas y acústicas.
No, en ningún caso.
Al adelantar, Ud. debe saber que está prohibido ...
adelantar a varios vehículos, en todo caso.
adelantar a otro vehículo que ya está adelantando si, para efectuar la maniobra, tengo que invadir la parte de la calzada reservada al sentido contrario.
realizar la maniobra, si el vehículo que le sigue señaliza su intención de desplazarse hacia ese mismo lado.
Desea adelantar con su turismo al vehículo que va delante y no se aparta, ¿le está permitido adelantarlo por la derecha?
Sí, porque hay espacio en el carril derecho.
No, porque se debe adelantar por la izquierda.
No, porque está prohibido adelantar por señal.
Ud. ha adelantado a otro turismo en una intersección regulada con un semáforo en verde. ¿Es correcto su comportamiento?
Sí, porque en este caso tengo prioridad de paso en la intersección.
No, porque en las intersecciones está prohibido adelantar siempre.
No, porque sólo está permitido adelantar en las intersecciones con circulación giratoria o en las glorietas.
¿Cómo advertirá, fuera de poblado, al conductor del vehículo que circula delante que Ud. pretende adelantarlo?
Con las señales acústicas, únicamente.
Con las señales acústicas o las luminosas utilizando en forma intermitente.
Con las señales luminosas, únicamente.
En vías de dos sentidos y un carril para cada sentido, siempre que el conductor de un vehículo advierta que va a ser adelantado, debe ...
disminuir la velocidad.
indicar con el indicador de dirección derecho, que permite el adelantamiento.
ceñirse al borde derecho de la calzada.
Con su turismo circula por un carril que ha sido habilitado para ser utilizado en sentido contrario al habitual, ¿le está permitido desplazarse al destinado al sentido normal de circulación para adelantar?
No.
Sí.
Sí, pero solo para adelantar.
En poblado, ¿le está permitido a Ud. adelantar con su turismo por la derecha a otro vehículo si para ello tiene que invadir un carril reservado para autobuses?
Sí, pero deberé reintegrarme inmediatamente a mi carril.
No, porque está prohibido.
Sí, cuando la línea longitudinal del lado exterior del carril sea discontinua
Ud. circula por una vía que tiene doble sentido de circulación y tres carriles separados por líneas longitudinales discontinuas. ¿Cuándo podrá utilizar el carril central?
Únicamente para cambiar de dirección a la izquierda.
Para adelantar y cambiar de dirección o el sentido de la marcha.
Para realizar los adelantamientos precisos y para cambiar de dirección a la izquierda.
¿Le está permitido utilizar las señales acústicas de su vehículo para advertir, en poblado, al conductor de otro vehículo su propósito de adelantarlo?
Sí.
No.
Siempre y en todos los casos el conductor puede utilizar las señales acústicas de su vehículo.
Dentro de poblado, circula conduciendo su turismo por el carril izquierdo de una vía con dos carriles para el mismo sentido de circulación. Si Ud. pretende adelantar al vehículo que circula delante por el mismo carril, ¿puede hacerlo por la derecha?
No, porque el adelantamiento por la derecha está siempre prohibido.
Sí; a condición de que me cerciore de que puedo hacerlo sin peligro para los demás usuarios.
No, porque únicamente está permitido adelantar por la derecha en vías interurbanas (fuera de poblado)
En una vía fuera de poblado que tiene una calzada de nueve metros de ancho con un carril para cada sentido, un vehículo está adelantando a otro y Ud., como tiene espacio, quiere adelantar a ambos. ¿Le está permitido hacerlo?
Sí, porque para realizar un doble adelantamiento, la calzada tiene que tener, al menos, ocho metros de ancho.
No, porque en este tipo de vías está prohibido realizar un doble adelantamiento.
Sí, siempre que deje una separación lateral entre vehículos de, al menos, 1,50 metros.
En una vía con tres carriles para cada sentido, hay densidad de circulación suficiente para que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada. Si su carril circula más rápidamente que el de la izquierda, ¿se considera adelantamiento?
Sí, porque los vehículos están en movimiento, que es el requisito imprescindible para que haya adelantamiento.
No, porque debo adaptarme a la velocidad de los usuarios que circulan delante de mi mismo carril.
Sí, pero en este caso es un adelantamiento por la derecha permitido.
Ud. quiere adelantar al vehículo que va delante, pero observa a través del espejo retrovisor que un vehículo que circula detrás por el mismo carril tiene encendido el indicador de dirección de la izquierda. ¿Le está permitido iniciar el adelantamiento?
No, porque el vehículo que circula detrás ya ha señalizado, su intención de desplazarse.
Sí, porque el vehículo que circula detrás no ha iniciado la maniobra de adelantamiento.
No, porque el vehículo no está en el carril que yo tengo que ocupar para adelantar.
Dentro de poblado, circula conduciendo su turismo por el carril izquierdo de una vía con dos carriles para el mismo sentido de circulación. Si Ud. pretende adelantar al vehículo que circula delante por el mismo carril, ¿puede hacerlo por la derecha?
No, porque el adelantamiento por la derecha está siempre prohibido.
Sí; a condición de que me cerciore de que puedo hacerlo sin peligro para los demás usuarios.
No, porque únicamente está permitido adelantar por la derecha en vías interurbanas (fuera de poblado).
¿Le está permitido utilizar las señales acústicas de su vehículo para advertir, en poblado, al conductor de otro vehículo su propósito de adelantarlo?
Sí.
No.
Siempre y en todos los casos el conductor puede utilizar las señales acústicas de su vehículo.
En una intersección, que no es una plaza de circulación giratoria ni glorieta, si no está expresamente señalizada la preferencia de paso, ¿podría Ud. adelantar?
Sí, cuando el conductor del vehículo que pretendo adelantar está indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado.
En una intersección no se puede adelantar.
No, porque siempre está prohibido.
Ud. circula conduciendo su turismo por una autovía a la velocidad máxima permitida. Si desea adelantar a otro vehículo, ¿le está permitido hacerlo si para ello se ve obligado a superar el límite máximo de velocidad?
Sí, siempre que no supere dicha velocidad en más de 20 kilómetros hora.
Sí, pero sólo si adelanto a otro turismo o a una motocicleta.
No, porque está prohibido.
Como excepción a la norma general, fuera de poblado se podrá adelantar por la derecha a otro vehículo cuando:
El conductor del vehículo al que se pretende adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado siempre que exista espacio suficiente.
La maniobra se realice en calzadas de sentido único.
En calzadas que tengan más de dos carriles para cada sentido, el de la derecha esté libre y el del centro e izquierda ocupados.
A partir de las señales verticales que se observan en la fotografía, ¿le está permitido adelantar al vehículo que circula por el carril de la derecha?
No.
Sí, siempre que termine la maniobra sin tener que invadir el sentido contrario de la calzada.
Sí.
El conductor del vehículo que circula detrás del turismo que Ud. conduce le ha señalizado con ráfagas de luz que quiere adelantarle, ¿debe Ud. indicarle de alguna manera que lo ha advertido y que le permite el adelantamiento?
Sí, encendiendo el indicador de dirección derecho.
No.
Sí, reduciendo de forma considerable la velocidad de mi vehículo.
Por el espejo retrovisor de su turismo, Ud. advierte que va a ser adelantado por otro turismo que le sigue. ¿Qué debe hacer para facilitarle la maniobra si la calzada tiene un carril para cada sentido?
Disminuir la velocidad de mi vehículo.
Indicarle con el indicador de dirección derecho que puede adelantarme.
Ceñirme al borde derecho de la calzada.
Con su turismo circula por una autovía detrás de un conjunto formado por un turismo y un remolque al que desea adelantar. ¿Le está permitido adelantarlo si el turismo con remolque circula a la velocidad máxima permitida para este tipo de vehículos?
Sí, siempre que, al adelantarlo, no supere la velocidad de 120 kilómetros por hora.
Sí, siempre que, al adelantarlo, no supere la velocidad de 100 kilómetros por hora.
No, porque el conjunto de vehículos circula a la velocidad máxima permitida.
¿Con qué señales luminosas advertirá Ud. al conductor de un vehículo que circula delante su intención de adelantarle?
Con el indicador de dirección izquierdo.
Con el alumbrado de corto alcance solamente, utilizándolo de forma intermitente a intervalos muy cortos porque no se deslumbra.
Utilizando de forma intermitente los alumbrados de corto o de largo alcance, o ambos alternativamente, a intervalos muy cortos, evitando el deslumbramiento.
Para advertir al conductor de otro vehículo que Ud. desea adelantarle, ¿se lo podrá advertir con las señales acústicas de su vehículo?
No, las señales acústicas sólo se pueden emplear para evitar un posible accidente.
No, en poblado; sí, fuera de poblado.
Sí, en todo tipo de vías.
En esta vía fuera de poblado con tres carriles para el mismo sentido de la marcha, ¿qué distancia de seguridad debe guardar con el vehículo blanco que se observa en la fotografía al que no pretende adelantar?
Un espacio que permita detener mi turismo sin colisionar con el vehículo que circula delante, en caso de que éste frene bruscamente.
Un espacio que permita al vehículo que circula detrás de mi turismo, adelantarme con seguridad.
50 metros, como mínimo.
Adelantar a varios vehículos a la vez, ¿está permitido?
Sí, cuando se tiene la total seguridad de poder volver a la derecha sin peligro en caso de encontrar vehículos en sentido contrario.
No.
Sí, únicamente cuando los vehículos adelantados circulan a velocidad lenta.
Al adelantar a un peatón, deberá dejar una separación lateral mínima de 1,50 metros cuando circule...
por cualquier vía, fuera o dentro de poblado.
por poblado, exclusivamente.
fuera de poblado.
Ud. circula conduciendo su turismo por una vía interurbana con un carril para cada sentido. Si ocupa el carril izquierdo porque está realizando un adelantamiento, ¿puede permanecer en dicho carril si va a efectuar un nuevo adelantamiento?
Sí, pero sólo en el caso de que tenga la total seguridad de que, el presentarse otro vehículo en sentido contrario, puede desviarse hacia el lado derecho sin poner en peligro a ningún usuario.
Sí.
Sí, pero cuando no circule detrás ningún vehículo de marcha más rápida.
El conductor del vehículo blanco que se observa en la fotografía se ha ceñido al borde derecho de la calzada para facilitarle a Ud. la maniobra de adelantamiento, ¿es correcto su comportamiento?
Sí, porque debe hacerlo cuando advierta que tengo la intención de adelantar.
No, porque únicamente está obligado a hacerlo cuando se produzca alguna situación de peligro, y en este caso el adelantamiento puede realizarse en condiciones de seguridad.
No, porque debería haber encendido, además, el indicador de dirección de la derecha.
Antes de iniciar la maniobra de adelantamiento a un turismo, usted deberá comprobar que el vehículo al que pretende adelantar ...
le advierte con el indicador de dirección derecho que puede realizarlo en condiciones de seguridad.
ha disminuido la velocidad para facilitarle la maniobra.
no ha indicado su propósito de desplazarse al carril izquierdo, en cuyo caso usted deberá respetar la preferencia que le asiste.
El turismo de la fotografía circula arrastrando un remolque ligero por la autovía a la velocidad máxima que a dicho conjunto le está permitida. Si Ud. conduce su turismo, ¿es correcta su posición en el carril izquierdo si está adelantando?
Sí, porque estoy adelantando.
No, porque el conjunto de vehículos circula ya a la velocidad máxima permitida.
Sí, siempre.
De acuerdo con las circunstancias que se observan en la fotografía, ¿es correcto el adelantamiento que realiza usted con su turismo al conjunto formado por el tractor y el remolque?
Sí.
No.
Como norma general está prohibido adelantar a los tractores.
Usted ha adelantado con su turismo en una autopista a otro turismo que circula por el carril derecho. Si dicho carril está libre y no desea realizar otro adelantamiento, ¿debe regresar al carril derecho?
Sí.
Sólo cuando la calzada tenga dos carriles.
Sólo cuando moleste a los vehículos que circulen detrás a mayor velocidad.
Usted conduce un turismo por esta carretera convencional. Teniendo en cuenta la señalización vertical y las líneas marcadas en la calzada, a partir de la señal...
no puedo adelantar, porque está prohibido.
puedo adelantar, incluso invadiendo la parte izquierda de la calzada, porque es un tramo recto y tengo visibilidad.
podré adelantar por el arcén derecho.
La prohibición de adelantar indicada en la señal de la fotografía, ¿cuándo finaliza?
Cuando me encuentre la señal de "Fin de prohibición de adelantamiento" o "Fin de prohibiciones".
Cuando me encuentre la señal de "Fin de prohibición de adelantamiento", únicamente.
Cuando haya salido de la curva que se observa en la fotografía.
En una vía urbana, va a adelantar con su turismo a otro que circula por el mismo carril, ¿le está permitido usar las advertencias acústicas para advertirle su intención de adelantarlo?
Sí, pero únicamente si tengo averiadas las señales luminosas de mi vehículo.
No, porque está prohibido.
Sí, excepto si circulo por una vía en la que está expresamente prohibido su uso mediante la correspondiente señal.
Circula por una calzada en la que ha sido habilitado un carril adicional mediante conos. Si utiliza el carril adicional, ¿le está permitido desplazarse al carril destinado al sentido contrario para adelantar?
Sí, en todo caso.
No, en ningún caso.
Únicamente si no hay peligro de colisión con los vehículos que vengan en sentido contrario.
Ud. que circula con su turismo, ha advertido al conductor del vehículo que va delante su propósito de adelantar y no se aparta. Teniendo en cuenta las circunstancias que se ven en la foto y que el conductor de dicho vehículo no desea adelantar y circula a menor velocidad que Ud., ¿es correcto el comportamiento del citado conductor?
No, porque hay espacio en el carril contiguo al que debe desplazarse para facilitarme adelantar.
Sí, porque está prohibido adelantar.
Sí, en todos los casos.
Circula Ud. por el carril que, por razones de fluidez, ha sido habilitado para ser utilizado en sentido contrario al habitual. ¿Está permitido a los conductores de los vehículos que circulan en sentido contrario invadir el carril que Ud. ocupa para adelantar?
No.
Sí, pero únicamente cuando no exista peligro de colisión con los vehículos que circulen en sentido contrario.
Sí.
Teniendo en cuenta la señalización que se observa en la fotografía ¿le estaría permitido a partir de las señales verticales adelantar?