¿Qué debe hacer un conductor para que los demás usuarios puedan anticiparse a sus intenciones?
Señalizar siempre las maniobras con antelación.
Reducir siempre la velocidad con antelación.
Realizar señales ópticas y acústicas con antelación.
Advertir a otros usuarios de que se va a realizar una maniobra, ¿es obligatorio?
No, pero es aconsejable.
Sí, siempre.
A los usuarios no es necesario pero sí a los conductores.
Se señaliza toda maniobra que suponga...
desplazamiento lateral, solamente.
marcha atrás, solamente.
desplazamiento lateral, marcha atrás, inmovilizar el vehículo o frenar.
Encender el intermitente, ¿dá preferencia siempre para hacer maniobras?
Sí.
No.
Sí, pero debo hacer la maniobra rápidamente.
En general, las maniobras deben advertirse utilizando ...
preferentemente la señalización luminosa del vehículo.
preferentemente la señalización realizadas con el brazo.
preferentemente la señalización realizadas con una linterna.
¿Se permite señalizar una maniobra con el brazo?
No.
Sí, pero únicamente con el brazo derecho.
Sí, cuando la señal sea perceptible para los demás usuarios.
Las advertencias ópticas se efectuarán ...
al mismo tiempo a la iniciación de la maniobra.
solo en la circulación nocturna.
con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra.
¿Se debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral?
No.
Sí, toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás.
Sí, pero solo los desplazamientos lateral.
Para advertir que una maniobra, se mantendrá la señalización luminosa hasta ...
que termine la maniobra.
5 segundos después de terminar la maniobra.
15 segundos después de terminar la maniobra.
La intención de inmovilizar el vehículo se advierte ...
con el uso reiterado de las luces de posición.
con el uso reiterado de las luces de freno.
con el uso reiterado de las luces de emergencias.
El conductor indica con el brazo que va a girar a la izquierda y lleva encendido el intermitente derecho. ¿Qué señal tiene validez, ya que ambas se contradicen?
La realizada con el brazo.
Las advertencias ópticas.
Las señales de peligro.
El conductor de un vehículo con el brazo doblado hacia arriba, indica que va a ...
desplazarse a la izquierda.
detener su vehículo.
desplazarse a la derecha.
El conductor con el brazo estirado y la palma hacia abajo indica que va a ...
desplazarse hacia la izquierda.
desplazarse hacia la derecha.
detener su vehículo.
Si el intermitente del vehículo no funciona, ¿cómo indicaría que va a girar a la izquierda?
Con el brazo.
Con la voz.
Moviendo la cabeza.
El conductor de una motocicleta que va a girar a la izquierda, ¿cómo debe señalizar la maniobra?
Con el brazo izquierdo hacia abajo y la palma de la mano hacia atrás.
Con el brazo izquierdo extendido horizontalmente y la palma de la mano hacia abajo.
Con el brazo izquierda doblado hacia arriba.
¿Qué está indica un conductor con el brazo estirado y la palma hacia atrás?
La intención de inmovilizar el vehículo.
La intención de frenar su marcha de modo considerable.
Que va a ir marcha atrás.
Además de con la señalización luminosa correspondiente, la marcha hacia atrás está permitido señalizarla con el brazo ...
extendido horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.
izquierdo extendido horizontalmente y la palma de la mano hacia abajo.
derecho extendido horizontalmente y la palma de la mano hacia abajo.
Dentro de poblado, ¿se pueden utilizar los alumbrados de corto o largo alcance alternativamente a intervalos muy cortos?
No, está prohibido.
Dentro de poblado en ningún caso, fuera sí.
Sí, para evitar un posible accidente.
Las señales acústicas deben ser ...
de sonido no estridente.
de sonido estridente.
de sonido muy agudo.
En un poblado, se permite utilizar las advertencias acústicas …
solo para evitar un accidente o avisar a los demás usuarios de que se realiza un servicio de urgencia.
solo para avisar a los demás usuarios de que se realiza un servicio de urgencia.
solo para evitar un accidente.
Las advertencias acústicas se pueden utilizar ...
en vías estrechas con pocas curvas.
en vías estrechas con muchas curvas.
en vías anchas con muchas curvas.
En vías con tráfico denso, ¿se puede hacer uso del claxon?
No, salvo que sea estrictamente necesario.
Sí.
Sí, en todos los casos.
Un semáforo cambia de rojo a verde, ¿se puede emplear el claxon para indicar a los demás que se puede pasar?
Sí.
No.
Sí, pero únicamente en vías urbanas.
¿Cuándo está permitido utilizar las advertencias acústicas?
Cuando circulo por cualquier vía.
Cuando circulo por vías urbanas solamente.
Cuando quiero adelantar fuera de poblado.
¿Cómo puede advertir fuera de poblado la intención de adelantar?
Con advertencias ópticas y acústicas.
Solo con advertencias acústicas.
Solo con advertencias luminosas.
¿Qué puede hacer para evitar el atropello a ciclistas?
Avisarles de las maniobras con señales acústicas.
Evitar las señales acústicas cerca de ellos.
Evitar las señales luminosas para no deslumbrarlos.
Si es necesario avisar a un ciclista con señales acústicas, se realizarán …
muy cerca del ciclista y muy brevemente, para evitar que se asuste.
muy cerca del ciclista y muy repetitivas.
a cierta distancia, y muy brevemente, para evitar que se asuste.
Con las luces de corto alcance, ¿está permitido hacer ráfagas?
Sí, pero únicamente en vías urbanas.
Sí, tanto en vías urbanas como en vías interurbanas.
Sí, pero únicamente en carreteras interurbanas.
Un vehículo va a incorporarse a la circulación debe ceder el paso …
siempre.
cuando entra en el carril de circulación desde el lado derecho, solamente.
cuando entra en el carril de circulación desde el lado izquierdo, solamente.
El conductor que pretenda incorporarse a la circulación, deberá ...
cerciorarse previamente de que puede hacerse sin peligro para otros usuarios.
poner el intermitente, únicamente.
seguir siempre las indicaciones de otra persona.
Cuando se incorpore a la circulación, debe ...
ceder el paso solo a los peatones.
ceder el paso a otros vehículos.
hacerlo lo más rápido posible.
Cuando observe que otros vehículos se incorporan a la circulación, es obligatorio facilitar la maniobra ...
a todos los vehículos.
solo a los vehículos de dos ruedas.
solo a los peatones.
La maniobra de incorporación debe ser advertida por …
medio del brazo, únicamente.
medio del indicador de dirección que corresponda, únicamente.
medio del brazo o del indicador de dirección que corresponda.
La incorporación desde un inmueble a la vía pública, debe realizarse ...
a una velocidad que permita la detención en el acto, y cediendo el paso a peatones y vehículos.
a la máxima velocidad posible.
a la máxima velocidad posible, y cediendo el paso a peatones y vehículos.
¿Tiene que ceder el paso a un autobús que quiere incorporarse a la circulación en una vía de poblado, desde una parada debidamente señalizada?
No, porque los turismos tienen preferencia.
Sí, en la medida de lo posible, llegando incluso a detener el vehículo.
No, como norma general.
En zona urbana, ¿es obligatorio facilitar a un autobús la incorporación desde una parada señalizada?
No.
Sí.
Sí, en todos los casos y vías.
Como norma general, ¿en qué vías está prohibido circular marcha atrás?
Solo en las autopista y autovías.
En todas las vías.
En todas las vías, salvo como maniobra complementaria de determinadas maniobras.
Cuando no se puede circular hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de la marcha, ¿se permite circular marcha atrás?
Sí, pero sólo durante el recorrido mínimo indispensable.
No.
Sí.
En una vía cortada, en la que no se puede cambiar de sentido, ¿se puede salir marcha atrás hasta salir?
No.
Sí, con el recorrido mínimo indispensable.
Sí.
Circulando marcha atrás, ¿está permitido invadir un cruce de vías?
Sí.
No, está prohibido.
Sí, en caso de la maniobra complementaria de la parada.
Para incorporarse a la circulación, ¿se puede dar marcha atrás?
Sí, es una de las maniobras en las que está permitido.
No.
Sí, pero sólo en vías urbanas.
Para incorporarse a la circulación dando marcha atrás, ¿se puede invadir un cruce de vías?
Sí.
No.
Sí, pero únicamente en vías urbanas.
Para incorporarse a la circulación, ¿está permitido circular marcha atrás más de quince metros?
Sí.
No.
Sí, en todas las maniobras.
Para realizar una parada, ¿está permitido circular marcha atrás?
Sí, siempre.
No.
Sí, con ciertas limitaciones.
Al dar marcha atrás para estacionar, ¿se puede invadir un cruce de vías?
No.
Sí.
Sí, pero únicamente para casos especiales.
Cuando se circula marcha atrás para estacionar ...
no se permite recorrer más de 5 metros ni invadir un cruce de vías.
no se permite recorrer más de 15 metros ni invadir un cruce de vías.
se permite recorrer más de 15 metros e invadir un cruce de vías.
¿Es correcto circular marcha atrás para cambiar el sentido de la marcha?
Sí.
No.
Sí, en todos los casos.
¿Se puede circular marcha atrás en cualquier tipo de vía?
Sí.
Sí, como norma general.
No.
La maniobra de marcha atrás está totalmente prohibida en ...
autopistas y autovías.
autopistas, únicamente.
en todas la vías.
Debe comprobar antes de circular marcha atrás que ...
no va a recorrer más de 25 metros.
puede hacerlo sin ocasionar peligro a otros usuarios de la vía, ayudándose de las indicaciones de otra persona, si fuera necesario.
tiene visibilidad suficiente, únicamente.
Se debe circular con precaución marcha atrás porque …
tiene prioridad sobre los peatones.
no debe recorrer más de 5 metros.
pueden pasar personas por detrás del vehículo.
Si al circular marcha atrás observa una señal de aviso de otro vehículo debe …
detener el vehículo, desistiendo de la maniobra si fuera preciso.
acelerar el motor, para terminar la maniobra.
olvidarte del aviso.
Muchos atropellos a peatones se producen ...
durante los días de lluvia.
durante la noche.
cuando los vehículos circulan marcha atrás.
Cuando la luz de marcha atrás esté averiada, ¿cómo debe advertir que va a dar marcha atrás?
Con el brazo extendido y la palma de la mano hacia arriba.
Con el brazo extendido y la palma de la mano hacia atrás.
Con el brazo doblado y la palma de la mano hacia arriba.
Al cambiar el sentido de la marcha se debe tener en cuenta …
no poner en peligro ni obstaculizar a los vehículos.
no poner en peligro ni obstaculizar a los peatones.
no poner en peligro ni obstaculizar a otros usuarios.
En vía de dos sentidos y dos carriles separados por líneas discontinuas, ¿puede cambiar el sentido?
Sí.
No.
Sí, únicamente en las vías urbanas.
En una carretera estrecha, ¿dónde se coloca para cambiar el sentido sin molestar?
Se ceñirá a la marca longitudinal de separación entre sentidos.
En el borde izquierdo y esperar hasta poder hacerlo sin peligro.
En el borde derecho y esperar hasta poder hacerlo sin peligro.
Si al cambiar el sentido obstaculiza la marcha de vehículos que circulan detrás …
debe salir de la calzada por la izquierda, y esperar a poder realizarlo.
debe salir de la calzada por la derecha, y esperar a poder realizarlo.
debe renunciar a cambiar de sentido.
Como norma general se prohíbe cambiar el sentido ...
en tramos de vía en los que se permite adelantar, salvo que esté expresamente autorizado.
en todas las vías.
en tramos de vía en los que se prohíbe adelantar, salvo que esté expresamente autorizado.
En un tramo de vía con visibilidad reducida (como una curva), ¿puede cambiar de sentido?
No, está prohibido.
Sí.
Sí, pero únicamente durante el día.
En una intersección, ¿está permitido realizar un cambio de sentido?
Sí.
No.
No, como norma general.
En un paso para peatones, ¿está permitido cambiar el sentido de la marcha?
No, ni siquiera en sus proximidades.
Sí.
Sí, pero únicamente en sus proximidades.
En un paso a nivel, ¿está permitido realizar un cambio de sentido?
Sí.
No.
Sí, en todos los casos.
En un túnel o un tramo de vía con la señal "túnel", ¿puede cambiar de sentido?
No.
Sí.
Sí, en los túneles con dos carriles.
En autopistas y autovías, ¿está prohibido el cambio de sentido?
No.
Sí, en todos los casos.
Sí, salvo en los lugares habilitados al efecto.
En autopista, ¿puede usar el paso abierto de la mediana para cambiar el sentido?
Sí.
No.
Sí, si el paso está abierto.
Al cambiar el sentido de la marcha se debe tener en cuenta …
que siempre debe existir un lugar acondicionado en la vía para realizar la maniobra.
no poner en peligro ni obstaculizar a otros usuarios.
que debe dejar una distancia de más de 100 metros con el vehículo que circula delante.
Si la vía está acondicionada con una raqueta u otro elemento similar …
no se deben utilizar para realizar un giro, aunque haya señal que lo indique.
se deben utilizar para realizar un giro, aunque no haya señal que lo indique.
está prohibido circular.
Si desea girar a la izquierda, debe saber que está prohibido cuando no exista ...
señalización que lo indique.
una raqueta u otro elemento similar.
visibilidad suficiente, aunque esté permitido por la señalización.
En una vía de dos sentidos y dos carriles separados por línea continua, ¿puede girar a la izquierda?
Sí.
No.
Sí, si tengo visibilidad.
El turismo que quiere girar a la izquierda debe ...
girar desde su carril sin invadir el sentido contrario.
girar desde su carril invadiendo el sentido contrario.
situarse fuera de la calzada y realizarlo desde allí.
En una calzada de sentido único y tres carriles, ¿está bien situado en el carril derecho para realizar un cambio de dirección a la izquierda?
No, debe colocarse en el carril central.
No, debe colocarse en el carril derecho.
No, debe colocarse en el carril izquierdo.
Para girar a la izquierda debe aproximarse al borde izquierdo en las vías ...
cuando circule por una calzada de dos sentido de circulación.
cuando circule por una calzada de un solo sentido de circulación.
cuando circule por una autopista o autovía.
En vías de dos carriles y dos sentidos, al girar a la izquierda hay que colocarse …
en el carril central.
junto a la marca longitudinal que separa los sentidos.
en el carril izquierdo.
Un vehículo que gira a la izquierda, ¿debe facilitar el adelantamiento por la derecha?
Sí.
No.
Sí, si se circula por una autopista.
Debe abstenerse de realizar un cambio de dirección a la izquierda cuando ...
la velocidad de los vehículos del sentido contrario no permitan hacerlo con seguridad.
la velocidad y distancia de los vehículos del sentido contrario no permitan hacerlo con seguridad.
distancia de los vehículos del sentido contrario no permitan hacerlo con seguridad.
En vías interurbanas, ciclos y ciclomotores de dos ruedas, ¿dónde deben situarse para girar a la izquierda si no existe carril específico?
En el carril central.
A la izquierda, fuera de la calzada si es posible, e iniciarlo desde ese lugar.
A la derecha, fuera de la calzada si es posible, e iniciarlo desde ese lugar.
Si va a efectuar un giro, ¿cómo avisa a los demás conductores?
Con las luces de los intermitentes o con el brazo.
Solo con las luces.
Solo con el brazo.
Si va circulando detrás de un vehículo voluminoso que quiere girar a la derecha, ¿qué debe tener en cuenta?
Que el vehículo voluminoso se acercará lo máximo posible a la derecha.
Que el vehículo voluminoso, antes de girar, probablemente se desplazará hacia la izquierda.
Que el vehículo voluminoso no reducirá su velocidad.
Para realizar una maniobra seguiremos los pasos indicados por regla de seguridad ...
PAS.
RSM.
VAO
Siempre que un conductor salga a una vía de uso público por un camino exclusivamente privado, debe ...
detener su vehículo siempre.
asegurarse previamente de que puede hacerlo sin peligro para nadie.
asegurarse previamente de que puede hacerlo rápidamente.
El desplazamiento lateral será advertido utilizando la luz ...
indicadora de dirección correspondiente al lado hacia el que se va a realizar.
de freno correspondiente al lado hacia el que se va a realizar.
de estacionamiento correspondiente al lado hacia el que se va a realizar.
Si un vehículo sale marcha atrás de una calle porque no puede cambiar de dirección ni de sentido, ¿es correcto?
Sí, siempre que el recorrido hacia atrás sea el mínimo indispensable.
No, si invade un cruce de vías.
No, si el recorrido hacia atrás es mayor de 15 metros.
El desplazamiento lateral se puede definir como ...
todo cambio de posición en la calzada, a derecha o izquierda.
todo cambio de posición en la calzada, a derecha.
todo cambio de posición en la calzada, a izquierda.
No se puede considerar un desplazamiento lateral ...
la simple corrección de trayectoria del vehículo cuando ésta se realiza dentro del carril por el que se circula.
la simple corrección de velocidad del vehículo.
la simple corrección de posición del vehículo.
La maniobra de desplazamiento lateral, excepto en los casos en que se vaya a realizar un adelantamiento, un cambio de dirección, una parada o un estacionamiento, viene impuesta generalmente por ...
las circunstancias del vehículo o de la vía.
las circunstancias del tráfico o de la vía.
las circunstancias del conductor o de la vía.
Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, ..
podrá ser rebasado, sin ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario.
no podrá ser rebasado.
podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario.
Para abandonar una autopista, autovía o cualquier otra vía, los conductores deberán circular con suficiente antelación por el carril ...
más próximo a la salida y penetrar lo antes posible en el carril de aceleración, si existe.
más próximo a la salida y penetrar lo antes posible en el carril de deceleración, si existe.
más lejano a la salida y penetrar lo antes posible en el carril de deceleración, si existe.
La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, deberá advertirse, ...
siempre que sea posible.
siempre.
en algunas ocasiones.
Queda prohibido realizar el cambio de sentido de la marcha en:
las intersecciones y en sus proximidades, siempre y en todas las vías.
las intersecciones y en sus proximidades.
todas las vías.
La marcha hacia atrás ...
no constituye una maniobra básica de circulación.
constituye una maniobra básica de circulación.
está prohibida en todas las vías.
En esta vía urbana de tres carriles para el mismo sentido, circula con su turismo por el carril central. ¿Es correcto?
Sí, pero sólo si voy a seguir de frente porque es el carril reservado a los vehículos que sigan esa dirección.
Sí, siempre que sea el carril que mejor convenga a mi destino.
No, porque existe espacio suficiente en el carril derecho y estoy obligado a circular por él.
Ud. circula por una vía que tiene doble sentido de circulación y tres carriles separados por líneas longitudinales discontinuas. ¿Cuándo podrá utilizar el carril central?
Únicamente para cambiar de dirección a la izquierda.
Para adelantar y cambiar de dirección o el sentido de la marcha.
Para realizar los adelantamientos precisos y para cambiar de dirección a la izquierda.
Como maniobra complementaria de la parada, Ud. se ve obligado a dar marcha atrás. Cuando la realice debe ...
señalizarla, utilizando las señales acústicas de su turismo, incluso en poblado, para advertir de ella a los demás usuarios.
no recorrer hacia atrás más de quince metros ni invadir un cruce de vías.
realizarla rápidamente para evitar entorpecer la circulación el menor tiempo posible.
La maniobra de marcha atrás, en los casos en que, excepcionalmente, está permitida, ¿puede efectuarse en toda clase de vías?
No, porque está absolutamente prohibida en autopistas y autovías.
Sí.
No, porque, sólo está permitida en vías dentro de poblado.
En el carril de la izquierda de la vía por la que Ud. circula, se ha encendido en el semáforo de carril un aspa roja, ¿qué deben hacer los vehículos que circulan por dicho carril?
Abandonar el carril en el tiempo más breve posible.
Cambiarse de carril antes de llegar a la altura del semáforo.
Detenerse porque por ese carril no pueden circular.
Ud. desea realizar la maniobra de cambio de dirección a la izquierda pero no existe visibilidad suficiente en la intersección. ¿Le está permitido realizar la maniobra
No.
Sí.
Sí, como norma general.
Para incorporarse a la circulación, ¿puede dar marcha atrás, si es necesario?
Sí, es una de las maniobras en las que está permitido hacer marcha atrás.
Sí, pero sólo en vías urbanas.
No, en ningún caso. La marcha atrás está prohibida.
Cuando en una vía de sentido único existe un refugio o isleta, ¿por qué parte de la calzada se debe circular?
Por la parte de la calzada que queda a la derecha del refugio o isleta, únicamente.
Por la parte de la calzada que queda a la izquierda del refugio o isleta, únicamente.
Por cualquiera de los dos lados.
¿Le está permitido desplazarse al carril izquierdo delimitado por conos?
Sí, cuando por razones de emergencia, deba detener mi vehículo.
No, porque los conos prohíbe el paso a través de la línea imaginaria que los une.
Sí, para adelantar, siempre que al realizarlo no derribe ningún cono.