SUPUESTOS ESPECIALES DE ADELANTAMIENTO.

  
Este es un ejercicio de rellenar huecos. Vd. debe introducir sus respuestas en los huecos, después tiene que pulsar sobre el botón "Comprobar" para ver cuales son correctas, y obtendrá una puntuación.
ARTICULO 88. Vehículos inmovilizados.
Cuando en un tramo de en el que esté prohibido el se encuentre un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la en el carril del sentido de la marcha y salvo los casos en que tal inmovilización responda a de tráfico, se le podrá , aunque para ello haya que ocupar parte del carril de la calzada, después de haberse de que se puede realizar la maniobra sin .
Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de .
ARTICULO 89. Obstáculos.
Igualmente, en las circunstancias señaladas en el artículo anterior, todo vehículo que encuentre cualquier en su camino que le obligue a ocupar el espacio dispuesto para el contrario de su marcha, podrá siempre que se haya cerciorado de que puede efectuarlo sin peligro. La misma precaución se observará cuando el obstáculo o el vehículo inmovilizado se encuentren en un tramo de vía en el que esté el adelantamiento.
Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de .