Debe acreditarse experiencia profesional suficiente y superar el examen que establece la normativa.
Únicamente debe seguirse el curso establecido en la normativa vigente.
Los curso de formación continua pueden seguirse en diversos periodos siempre que:
se realicen en diferentes centros.
se realicen en distintos años.
tengan una duración superior a 7 horas, se realicen en el mismo centro y año natural.
tengan una duración superior a 4 horas, se realicen en el mismo centro y distinto año natural.
Para que la Administración autorice a un centro para impartir cursos para la formación de conductores profesionales debe:
constatar el cumplimiento de la mayoría de los requisitos que establece la norma.
efectuar visitas periódicas durante el primer año de funcionamiento del centro.
controlar y evaluar el desarrollo de los primeros cursos impartidos en el centro.
comprobar la documentación presentada y podrá hacer una inspección de las instalaciones.
Los cursos de formación impartidos por los centros autorizados deben estar:
homologados por el órgano administrativo que le otorgue la autorización.
homologados por cualquier Administración local.
homologados por la Jefatura de Tráfico.
concertados con el gobierno regional para que los pueda homologar la Administración local.
¿Cuántas horas de conducción individual son necesarias efectuar en los cursos de cualificación inicial para obtener el certificado de aptitud profesional?
Sólo 25 en la modalidad ordinaria.
B Sólo 15 en la modalidad acelerada.
20 en la modalidad ordinaria y 10 en la acelerada.
40 en la modalidad ordinaria y 20 en la acelerada.
Una vez finalizado el curso de cualificación inicial, ¿cuánto tiempo tienen los aspirantes para presentarse al examen de capacitación de aptitud profesional?
6 meses desde la finalización del curso.
6 meses desde que se inició el curso.
12 meses desde la finalización del curso.
15 meses desde la finalización del curso.
¿Dónde pueden presentarse al examen los conductores que aspiren a obtener el certificado de aptitud profesional?
Donde lo estimen oportuno.
Donde haga la conv¤?atoria la Administración competente de su lugar de residencia.
Donde haga la convocatoria la Administración competente del lugar donde tenga la sede su empresa.