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Consejos y Avisos Legales

Documentación del conductor y del vehículo.

Los documentos que se deben llevar son:

  • El permiso de conducción válido.
    • Lo primero que te pedirá el agente de la Guardia Civil o un policía en el caso de que te pare o te veas involucrado en un incidente será el carnet de conducir o permiso de conducir, según el vehículo que conduzcas.
  • El permiso de circulación del vehículo.
    • Es obligatorio llevar en el coche el permiso de circulación del vehículo o, en su defecto, la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico
  • La tarjeta de inspección técnica del vehículo con el último informe de la ITV, en caso de tenerla que pasar según la antigüedad del vehículo, y la pegatina correspondiente pegada en el parabrisas.

Olvídate de salir de casa y coger el coche sin llevar estos documentos, aunque solo sea para ir a la compra, porque nunca se sabe cuándo te puedes encontrar un control o verte involucrado en un accidente. Ya no es obligatorio llevar el recibo del seguro de coche.

La ley también exige al propietario de un vehículo el contratar un seguro obligatorio. Desde el año 2008 y gracias al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) ya no es necesario llevar en el coche la póliza del seguro y el recibo del último pago en vigor. Ahora el agente puede comprobar si el vehículo está o no asegurado vía telemática ‘in situ’.

Lo mismo ocurre con el impuesto de circulación, el que cada propietario de un vehículo paga una vez al año según la ciudad en la que está empadronado, ya que también el policía o el agente de la Guardia Civil lo puede consultar por internet.

Aun así, no está de más llevarlos en el coche por si hay fallos técnicos y el agente no se puede conectar. Pero ya se trata de algo voluntario y no obligatorio.

En caso de llevar remolque autorización conjunto tractor-remolque.

De los tres primeros documentos se puede llevar fotocopia debidamente cotejada.

Si pierdes los papeles del coche, tendrás que ir a comisaría para poner una denuncia, ya sea por robo o extravío para evitar un uso fraudulento por parte de un tercero, y pedir cita previa en la Jefatura de la DGT y en la ITV para solicitar los duplicados.

También conviene llevar:

  • Otras pólizas de seguro, si se tienen, así como partes de siniestro por si fueran necesarios.
  • Aquellos documentos que acrediten la pertenencia como socios a instituciones o asociaciones de ayuda al conductor.

Fuente de Información: Manual del conductor de la DGT.


Documentación del conductor y del vehículo.


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